La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia 25 bis de Valencia, especializado en cláusulas abusivas, se basa en el Decreto que aprobó el Gobierno y que especifica que el impuesto debe pagarlo el banco.
Banco Santander deberá eliminar dichas condiciones generales de la contratación del contrato de préstamo hipotecario y además del impuesto de AJD, la entidad deberá desembolsar los gastos hipotecarios correspondientes a notaría, gestoría y registro.
Todo ello más intereses legales desde el pago indebido y los intereses del artículo 576 de la LEC.