La nueva Ley Hipotecaria va a exigir al personal encargado de asesorar, comercializar o intermediar en la concesión de préstamos hipotecarios, una formación específica en módulos formativos de duración mínima de 50 horas, en materias tales como:
- Implicaciones fiscales, gastos y servicios accesorios como seguros.
- Riesgos y efectos de cambios de tipos de interés o divisa.
- Cambios de la legislación hipotecaria.
- Adquisición de bienes inmuebles.
- Estimación de gastos totales de la operación o la tasación de garantías.
- Funcionamiento de notarías y registros de la propiedad.
- Mercado de préstamos inmobiliarios y los precios de la vivienda.
- Normas de-ontológicas del sector.
- Evaluación de solvencia de los clientes y el acceso a la Central de Información de Riesgos (CIR) del Banco de España.
- etc.
Cada entidad bancaria deberá elaborar planes de formación inicial y continuo y evaluar la certificación de su personal.
La Ley también ha fijado el contenido de la Ficha de Advertencias Estandarizada (FiAE) y de la información precontractual de oferta vinculante que el banco deberá entregar a sus clientes. Se redefine además la tasa anual equivalente (TAE) para que contenga todos los costes derivados de la concesión del préstamo.
La nueva regulación impone estrictas reglas a la publicidad que puede emitir cualquier tipo de entidad que conceda hipotecas.
En definitiva, nuevos requisitos de formación y transparencia para tratar de proteger más al consumidor.