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La Audiencia Provincial Las Palmas, Sala 4, ha confirmado Sentencia en primera instancia de Juzgado 6 que anulaba la cláusula suelo incorporada en contrato de préstamo hipotecario comercializado como «Hipoteca joven».

La denominada «Hipoteca Joven» surgió de una iniciativa del Instituto de la Vivienda del Gobierno regional canario para ofrecer mejores condiciones de mercado a los jovenes y para ello firmó un convenio de colaboración con dos cajas, la Caja General de Ahorros de Canarias, hoy Caixabank, y la Caja Insular de Ahorros de Canarias , hoy Bankia. Pero en los contratos se incluyeron cláusulas suelo-techo, de las que los consumidores no fueron informados.

Ante las reclamaciones, en 2017, Bankia decidió devolver los importes cobrados indebidamente, pero Caixabank no. La entidad alegaba que los consumidores fueron informados por el Gobierno canario, que era el responsable.

Sin embargo, la juez considera que corresponde al banco, como comercializadores del producto, la responsabilidad de informar de forma transparente al consumidor  para evaluar las consecuencias económicas derivadas del préstamo.

Y se condena, por tanto, a la entidad bancaria, a restituir las cantidades cobradas indebidamente desde la aplicación de la referida cláusula suelo, a recalcular y rehacer el cuadro de amortización sin la cláusula y anula también la cláusula de intereses de demora.