El Juzgado de Primera Instancia Nº 14 bis de Vigo ha estimado íntegramente la demanda presentada por letrados de Gestbanking en representación de unos consumidores gallegos contra la entidad Banco Popular, hoy Banco Santander.
En octubre de 2004, los demandantes formalizaron como prestatarios hipotecantes, un préstamo hipotecario con Banco de Galicia, que posteriormente modificaron mediante escritura de novación en el año 2006. La entidad les impuso en los contratos una cláusula suelo sin negociarlo con ellos. De un 3% en el primer contrato y de un 4% en la posterior novación.
Para el juez ambas cláusulas son abusivas, no superan el control de transparencia en la incorporación al contrato ni en la contratación con consumidores y decreta su nulidad.
Como consecuencia, las cláusulas deberán eliminarse del contrato, debiendo recalcular el cuadro de amortización del préstamo desde el inicio con exclusión de la cláusula suelo y reintegrar a los consumidores las cantidades percibidas en exceso como consecuencia de la aplicación de la misma, más los intereses legales desde cada cobro indebido.
El expediente fue tramitado por la oficina de CE Consulting Empresarial Vigo Calvario.
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