El Juzgado de Primera Instancia Nº 17 de Valencia ha anulado la compra de «Valores Santander» que una clienta invirtió en el año 2007 y que posteriormente, en el año 2012, se convirtió en acciones del banco, lo que provocó importantes pérdidas en la inversión, más de la mitad.
El juez considera probado que no se hizo entrega efectiva obligatoria de la información precontractual y contractual, que se vendió este producto complejo como una inversión sencilla y segura, cuando la clienta no contaba con formación ni experiencia vinculada al sector financiero.
El fallo condena a Banco Santander a indemnizar a la clienta con la cantidad resultante de restar a la inversión inicial, los beneficios obtenidos hasta 2012, los dividendos que haya percibido por las acciones hasta su venta y la cantidad obtenida por la venta de las acciones, así como el interés legal sobre la cantidad resultante desde la fecha de la demanda.