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En el periodo entre 2013 y 2016, el Tribunal Supremo solo permitía recuperar parte del dinero pagado de más, algo que posteriormente la justicia europea obligó a rectificar.

La Audiencia Provincial de Madrid, en un fallo emitido el 19 de abril, da la razón a un afectado por cláusula suelo cuyo caso fue juzgado en 2015. En aquella ocasión los tribunales le dieron la razón declarando nula la cláusula suelo, pero siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, solo reconocía la devolución de lo que había pagado de más desde el 9 de mayo de 2013 en adelante, coincidiendo con la sentencia del Supremo que las declaraba nulas.

A finales de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cambió esta interpretación obligando a la devolución de todo el dinero cobrado en exceso desde la firma de la hipoteca. El afectado volvió a demandar encontrándose con la misma situación que otros perjudicados por el criterio del Tribunal Supremo, los juzgados de primera instancia desestimaban las demandas por considerarlas «cosa ya juzgada».

El principio de «cosa juzgada» tiene como objetivo aumentar la seguridad jurídica e impide que un mismo asunto pueda ser juzgado dos veces en los tribunales.

Sin embargo, la sentencia objeto de este artículo, que firman los tres magistrados de la sección decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, considera que «no se puede aplicar en este caso porque lo contrario no supone sino la vulneración del principio de efectividad del derecho comunitario«. Ello quiere decir que se estaría socavando el derecho del demandante a recibir aquello que la justicia europea le reconoce: la posibilidad de reclamar todo lo que pagó de más por la cláusula suelo de su hipoteca desde su constitución en 2007 y no solo desde 2013. Por este motivo los jueces condenan a la entidad financiera a devolver el importe íntegro de 15.293,50€ , aunque el fallo es recurrible por la entidad.

Se abre así la puerta a que miles de afectados por las cláusulas suelo, cuyos casos ya fueron juzgados antes del fallo de Tribunal de Justicia de la Unión Europea en 2016 y que solo recibieron una parte de lo pagado de más, pueda volver a demandar para conseguir la devolución integra de la cláusula suelo.

Artículo extraído de: https://abogadoshuelva.online/se-abre-la-puerta-para-la-reclamacion-de-clausulas-suelo-a-los-perjudicados-por-el-cambio-de-criterio-del-tribunal-supremo/