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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado Sentencia en Primera Instancia de Juzgado de Aranjuez y condena a la entidad Bankinter a suprimir el cláusulado multidivisa en contrato de préstamo hipotecario y recalcular el capital pendiente restando lo que el afectado había pagado de más.

El cliente contrató el préstamo en diciembre de 2007, alegando la entidad bancaria que los demandantes tenían pleno conocimiento del funcionamiento de la cláusula multidivisa. Sin embargo, para la Audiencia, no sólo es necesario que las cláusulas estén redactadas de forma clara y comprensible, sino que además el consumidor debe tener  conocimiento real de las mismas y prever las consecuencias económicas. No consta de ninguna forma que la entidad financiera hubiese advertido de manera concreta a los prestatarios de los riesgos asociados a este tipo de productos.