Otra Audiencia Provincial , en este caso la de Valladolid, ha condenado a una entidad bancaria, concretamente Caja España, a anular la cláusula suelo del 3%, incluida en un contrato de préstamo hipotecario , así como el acuerdo para modificarla firmado años más tarde.
Trece años después de firmar el préstamo hipotecario, la entidad ofreción a los clientes un acuerdo para reducir la cláusula suelo, del 3 al 2% durante tres años, para posteriormente eliminarla definitivamente, renunciando a la devolución de cantidades. Por tanto, siguieron pagando más de lo que le correspondía, además de no recuperar cantidad alguna.
La Audiencia confirma, por tanto, la Sentencia en Primera Instancia del Juzgado 4 bis y los clientes recuperarán las cantidades pagadas de más como consecuencia de la aplicación de la referida cláusula, más los intereses legales generados desde el abono de cada cuota.
Recordemos que el Tribunal Supremo ha suspendido la tramitación de recursos sobre este tipo de acuerdos o novaciones hasta que se pronuncie el TJUE.