Una nueva Sentencia de Audiencia Provincial apoya a consumidor y declara la nulidad del clausulado multidivisa de un préstamo hipotecario de la entidad financiera Bankinter.
En concreto se revoca la Sentencia en Primera Instancia porque «los préstamos multidivisa se consideran un producto complejo a efectos de control de transparencia» y ha quedado acreditado que al cliente no se le entregó ni folleto informativo, ni oferta vinculante ni documento que especificara los riesgos asumidos como consecuencia de la fluctuación de la moneda.
Pese al pago regular de las cuotas por parte del consumidor, la fluctuación de la divisa supone un recálculo constante del capital prestado, lo que puede suponer que se puede adeudar un capital mayor que el que fue entregado al concertar el préstamo.
La Sentencia elimina el clausulado multidivisa y se condena a Bankinter a rehacer el cuadro de amortización del préstamo aplicando el índice de referencia Euribor más 0,40 de diferencia y a abonar al cliente el diferencial.