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La Audiencia Provincial de Huelva, tras admitir recurso de apelación de abogados de Gestbanking, revoca sentencia de Juzgado de Primera Instancia que anulaba cláusula suelo pero indicaba la devolución de las cantidades cobradas de más desde la fecha de la Sentencia del Tribunal Supremo de Mayo de 2013.

La Audiencia confirma la nulidad pero entiende que se debe aplicar la retroactividad total en la devolución de los intereses que se hayan cobrado de más, debiéndose rehacer y recalcular el cuadro de amortización del préstamo hipotecario, aplicando el tipo de referencia más el diferencial exclusivamente.

Se condena también en costas en segunda instancia a la entidad financiera.

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