La Audiencia Provincial de Huelva revoca al Juzgado de Primera Instancia Nº 3 y declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario suscrito por unos consumidores onubenses con la entidad Catalunya Banc en la escritura pública de préstamo con garantía hipotecaria multidivisas del año 2008, en todos los contenidos relativos a la opción multidivisas, dejando subsistente el préstamo hipotecario en el resto de sus extremos.
La entidad deberá recalcular el préstamo y pagar las costas de la Primera Instancia.