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La nueva Ley Hipotecaria va a exigir al personal encargado de asesorar, comercializar o intermediar en la concesión de préstamos hipotecarios, una formación específica en módulos formativos de duración mínima de 50 horas, en materias tales como:

  • Implicaciones fiscales, gastos y servicios accesorios como seguros.
  • Riesgos y efectos de cambios de tipos de interés o divisa.
  • Cambios de la legislación hipotecaria.
  • Adquisición de bienes inmuebles.
  • Estimación de gastos totales de la operación o la tasación de garantías.
  • Funcionamiento de notarías y registros de la propiedad.
  • Mercado de préstamos inmobiliarios y los precios de la vivienda.
  • Normas de-ontológicas del sector.
  • Evaluación de solvencia de los clientes y el acceso a la Central de Información de Riesgos (CIR) del Banco de España.
  • etc.

Cada entidad bancaria deberá elaborar planes de formación inicial y continuo y evaluar la certificación de su personal.

La Ley también ha fijado el contenido de la Ficha de Advertencias Estandarizada (FiAE) y de la información precontractual de oferta vinculante que el banco deberá entregar a sus clientes. Se redefine además la tasa anual equivalente (TAE) para que contenga todos los costes derivados de la concesión del préstamo.

La nueva regulación impone estrictas reglas a la publicidad que puede emitir cualquier tipo de entidad que conceda hipotecas.

En definitiva, nuevos requisitos de formación y transparencia para tratar de proteger más al consumidor.