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La Audiencia Provincial de Madrid desestima los recursos de treinta entidades bancarias y confirma a 9000 afectados la nulidad de sus cláusulas suelo y la retroactividad total en la devolución de los importes cobrados de más desde la aplicación de las respectivas cláusulas.

La Audiencia confirma la decisión del Juzgado Mercantil número 11 de Madrid, que ya falló a favor de los consumidores en abril de 2016 y declaró nulas las cláusulas suelo por considerarlas abusivas, pero corrige la limitación temporal. Ahora, la Audiencia reconoce el derecho de los perjudicados a recuperar todas las cantidades que pagaron de más a los bancos, más los intereses legales, y a hacerlo desde el inicio. La Audiencia utiliza como jurisprudencia de su fallo la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de diciembre del 2016, cuando dictaminó que los bancos debían devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes afectados por la existencia de cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios, rechazando que se pudiera aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser «incompleta e insuficiente».